La CIDH hace un llamado a los Estados a incorporar la perspectiva de género en la respuesta a la pandemia del COVID-19 y a combatir la violencia sexual e intrafamiliar en este contexto 11 de abril de 2020

Washington, D.C.- La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en el marco de su Sala de Coordinación y Respuesta Oportuna e Integrada a la crisis en relación con la pandemia del COVID-19 (SACROI COVID-19), hace un llamado a los Estados a incorporar la perspectiva de género en las respuestas a la crisis y a combatir la violencia sexual e intrafamiliar, así como la discriminación que afecta a las mujeres en ese contexto. En particular, la Comisión destaca la necesidad de adecuar las medidas políticas y legislativas de respuesta a la crisis a las necesidades de las mujeres y niñas, considerando los múltiples factores estructurales que perpetúan la discriminación contra las mujeres y niñas e incrementan su situación de riesgo en el presente contexto.

La CIDH manifiesta su profunda alarma por las cifras que han demostrado el incremento de las denuncias de violencia intrafamiliar tras el establecimiento de las medidas de confinamiento y distanciamiento social adoptadas por las autoridades para la contención del contagio del COVID-19 en los países de la región. Al respecto, la Comisión ha tomado conocimiento, por medio de su monitoreo permanente, del incremento significativo en estas cifras en países como Brasil y Estados Unidos, que se repiten en otros países de la región. En Brasil, el Ministerio de la Mujer, Familia y Derechos Humanos registró un 17% de incremento en las denuncias de violencia de género tras las medidas de contención a la epidemia. Asimismo, en Estados Unidos, los equipos de seguridad en el país informaron de un aumento en el número de las llamadas para reportar violencia doméstica. La policía de Portland, estado de Oregon, por ejemplo, presentó datos que dan cuenta del aumento de un 27% en comparación con meses anteriores.

Al respecto, la CIDH llama a los Estados de la región a fortalecer los servicios de respuesta a la violencia de género, en particular la violencia intrafamiliar en el contexto de confinamiento y aislamiento social. Ello, mediante el desarrollo de mecanismos alternativos de denuncia, la ampliación de la oferta de refugios para víctimas de violencia doméstica y el fortalecimiento de la capacidad de agentes de seguridad y actores de justicia para ofrecer respuestas oportunas en el contexto de la pandemia.

Por otra parte, la Comisión observa, con extrema preocupación, que, en el contexto de confinamiento doméstico y de la disminución de la circulación de personas en las calles, habrían aumentado los actos de violencia sexual y violaciones contra mujeres, niñas y adolescentes. En el Perú, por ejemplo, las autoridades han reportado que, durante los primeros 17 días de confinamiento, 34 mujeres, incluyendo 27 niñas, fueron víctimas de abuso sexual. Según la información disponible, estos números representan un incremento de este tipo de violencia en el país.

La CIDH llama a los Estados a cumplir con su deber de debida diligencia, investigando los hechos de manera pronta y exhaustiva, juzgando y sancionando a sus responsables, y reparando a las víctimas y sus familiares. Estos procedimientos deben contener un enfoque de género y la protección integral a las víctimas. En el contexto de la pandemia, adicional a las iniciativas de educación sexual integral, los Estados deben promover campañas masivas por los medios de comunicación y medios sociales enfocadas en la diseminación de información de los mecanismos disponibles para denuncia y apoyo a las víctimas. En el mismo sentido, los Estados deben mantener sus servicios de salud sexual y reproductiva, incluyendo la distribución de métodos contraceptivos, la atención prenatal y posnatal, los servicios para prevenir las infecciones de transmisión sexual y aquellos para la interrupción del embarazo dentro de las posibilidades que consagra su orden jurídico.

En el marco de la pandemia, la Comisión destaca que la pérdida de ingresos y reducción de la actividad económica es un factor adicional al incremento de los niveles de desigualdad y pobreza que afecta a las mujeres, particularmente a las mujeres cabezas de familia. La CIDH destaca la necesidad de un enfoque específico hacia las 126 millones de mujeres trabajadoras de la economía informal, así como las trabajadoras domésticas, trabajadoras rurales y trabajadoras sexuales, y otros grupos desproporcionadamente afectados por la pandemia, como las mujeres migrantes, las mujeres en situación de calle y las mujeres trans. Dichas políticas deben tener una perspectiva de derechos humanos y enfocarse en las necesidades específicas de estas mujeres. En este sentido, los Estados deben adoptar medidas orientadas a superar el impacto desproporcionado de la crisis económica sobre las mujeres, promoviendo su reintegración socioeconómica mediante medidas de alivio o apoyo económico, por medio de la ampliación de sus redes de protección social y orientadas a la promoción del desarrollo sostenible.

Por otra parte, la Comisión hace un llamado a que los Estados brinden la debida protección a las mujeres profesionales de salud y del trabajo social actuando en la primera línea de respuesta a la pandemia del COVID-19. De acuerdo a la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en nivel mundial, las mujeres representan el 70% de las personas empleadas en el sector de la salud, asimismo, afirma que las mujeres ocupan desproporcionadamente roles en primera línea en la lucha del mundo para tratar a las personas contagiadas, así como realizar las labores de cuidado en el marco de las medidas de aislamiento social. En este contexto, las mujeres tienen, sumado a los riesgos de contagio y la carga mental de su labor profesional, el trabajo no remunerado de cuidado familiar, incluido el cuidado a niñas, niños, personas mayores y personas con discapacidad.

Finalmente, la CIDH reconoce los desafíos actuales enfrentados por los Estados en la contención de la pandemia, así como la importancia de las directrices de confinamiento y aislamiento social. Al mismo tiempo, la Comisión reitera que la adopción de medidas debe tener como condición indispensable la participación de mujeres y expertas en género en posiciones de toma de decisión en los comités y grupos de trabajo de respuesta a la crisis causada por el COVID-19, de manera que se asegure la incorporación de la perspectiva de género en el diseño, implementación, ejecución y monitoreo de las medidas y políticas adoptadas en respuesta a la pandemia. Lo anterior, a partir un enfoque interseccional teniendo en cuenta los contextos y las condiciones que potencializan los efectos de la crisis, como la precariedad económica, la condición de migrante, la privación de libertad, origen étnico-racial, la orientación sexual e identidad y/o expresión de género, entre otras.

En este sentido y considerando el contexto de la pandemia del COVID-19, en cuanto a la protección de los derechos de las mujeres, niñas y adolescentes, la Comisión recomienda a los Estados:

1. Incorporar la perspectiva de género a partir de un enfoque interseccional en todas las respuestas de los Estados para contener la pandemia, teniendo en cuenta los distintos contextos y condiciones que potencializan la vulnerabilidad a la que las mujeres están expuestas, como la precariedad económica, la edad, la condición de migrante o desplazada, la condición de discapacidad, la privación de libertad, el origen étnico-racial, la orientación sexual, identidad y/o expresión de género, entre otras.

2. Reformular los mecanismos tradicionales de respuesta a la violencia de género, adoptando canales alternativos de comunicación bien como líneas de atención de emergencia, así como promover el fortalecimiento de redes comunitarias con el objeto de ampliar los medios de denuncia y órdenes de protección en el marco del periodo de confinamiento y restricciones de movilidad. Asimismo, asegurar la disponibilidad de casas de acogidas y albergues para las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, en los cuales existan condiciones de adoptarse las medidas de prevención del contagio.

3. Desarrollar protocolos de atención y fortalecer la capacidad de los agentes de seguridad y actores de justicia involucrados en la investigación y sanción de hechos de violencia doméstica, así como llevar a cabo la distribución de materiales de orientación sobre el manejo de dichos casos en todas las instituciones estatales.

4. Garantizar la disponibilidad y continuidad de los servicios de salud sexual y reproductiva durante la crisis de la pandemia, incrementando, en particular, las medidas de educación sexual integral y de diseminación de información en medios accesibles y con lenguaje adecuado, con el objeto de alcanzar las mujeres en su diversidad.

5. Reforzar las políticas de seguridad alimentaria y redes de protección social con perspectiva de género, incluidas políticas de renta mínima y de oferta de atención médica enfocada a la necesidad específica de estas mujeres en el combate a la crisis generada por el COVID-19.

La CIDH es un órgano principal y autónomo de la Organización de los Estados Americanos (OEA), cuyo mandato surge de la Carta de la OEA y de la Convención Americana sobre Derechos Humanos. La Comisión Interamericana tiene el mandato de promover la observancia y la defensa de los derechos humanos en la región y actúa como órgano consultivo de la OEA en la materia. La CIDH está integrada por siete miembros independientes que son elegidos por la Asamblea General de la OEA a título personal, y no representan sus países de origen o residencia.

No. 074/20 Fuente: http://www.oas.org/es/cidh/prensa/comunicados/2020/074.asp